Para la patronal provincial del metal Fempa acaban cuatro años de litigio con el antiguo Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Servef), ahora denominado Labora, después de que el organismo autonómico le denegara en cinco resoluciones subvenciones para cursos de formación en 2016, por un valor de algo más de un millón de euros. Entonces, un informe de la Abogacía de la Generalitat consideraba que la patronal metalúrgica intentó acceder a fondos de formación contratando a personas con discapacidad que despedía a los pocos días.

El Servef consideró que Fempa «falseó las condiciones para la baremación» incluidas en una convocatoria, la primera de formación ocupacional que se realizaba en libre concurrencia, por lo que rechazó las ayudas. Aunque, pese a ello, no presentó denuncia porque no se produjo «ningún ilícito», dado que no se llegaron a pagar los fondos, según indicó entonces.

No obstante, Fempa, convencida de que no había cometido irregularidad alguna, presentó un contencioso-administrativo, que fue desestimado en primera instancia, por lo que presentó un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Ahora, este tribunal sí lo ha estimado y declara «contrarias a derecho y anula» las cinco resoluciones denegadas por la entonces directora general de Empleo y Formación del Servef. Además, reconoce a la patronal el derecho a recibir el millón de euros de subvenciones para la formación e impone las costas procesales a la parte demandada (Servef) en la suma máxima de 1.200 euros. Por contra, las costas no se conceden en apelación.

La baremación y los requisitos

En el fallo, de una decena de páginas, aunque el TSJ rechaza que la sentencia anterior «incurra en vicio de incongruencia», es favorable a Fempa en cuanto a que no se produjo el trámite de audiencia a la parte interesada. Y, también, da la razón a su apelación que hablaba de error de la primera sentencia acerca de que las personas contratadas - a las que se les daba de alta un día y de baja dos días después- «referidas en un apartado de la baremación de las solicitudes de Fempa -contrataciones que se reputan falsas y realizadas en fraude de ley por la Conselleria- eran las destinatarias de la formación objeto de las subvenciones». Por este motivo, la juzgadora que desestimó la primera actuación calificó la contratación efectuada «no compatible con la subvención solicitada». Sin embargo, el fallo del TSJ recuerda que «basta leer las bases rectoras, artículo 3, para caer en la cuenta de que la subvención va destinada a que los centros de formación que la reciben impartan formación a terceras personas y no así a que formen a sus propios empleados». La resolución aclara que los cursos subvencionados «se dirigen a personas ocupadas y desocupadas, sin distinción en cuanto a su situación social o funcional, sin que tengan que formar parte de la plantilla del centro que solicita la ayuda».

Este ha sido uno de los argumentos clave planteado en sus escritos por Fempa, que siempre sostuvo que estas contrataciones de corta duración las realiza a lo largo del año para tareas puntuales como ensobrados, reorganización de almacenes o montajes para eventos. Y son fruto de convenios que mantiene con distintas ONG. Estos empleos suele ofrecerlos a trabajadores con discapacidad o con problemas como una forma de integración social. También recordó que estos contratos es una modalidad «legal». En la sentencia del TSJ se dice que en el expediente administrativo se presentó un informe de la de la Inspección de Trabajo acreditando que las contrataciones fueron reales y los trabajadores prestaron los servicios a Fempa en las fechas de alta. «Y, por tanto, no eran falsas, como se calificaba en la denegación», según aseguró ayer la patronal.

Sentencia firme

La sentencia es firme, una vez que ninguna de las partes ha presentado recurso de casación. Tras conocer el fallo, Fempa se mostró satisfecha «porque se repone la buena reputación de la Federación», aseguró ayer Luis Rodríguez, secretario general de Fempa. Entonces, la patronal «sufrió un deterioro y se empañó su buen nombre», añadió. El ejecutivo entiende que en la denegación de las ayudas hubo «una confusión de las puntuaciones de la baremación con los requisitos de la subvención, ya que, aun habiendo eliminado uno de los requisitos, nos sobraba puntuación», reiteró. Pese al litigio, Fempa afirma que mantiene «buena relación» con Labora.