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El fiscal pide 8 años de cárcel para el exalcalde de Santa Pola por el caso de la clínica de Gran Alacant

Anticorrupción solicita la misma pena para Jorge Perelló, exedil de Personal, y más de cinco años para la diputada Loreto Cascales por delitos continuados de prevaricación y cohecho

El exalcalde de Santa Pola Miguel Zaragoza, a la entrada de la Ciudad de la Justicia de Elche. Antonio Amorós

La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado ocho años y medio de prisión para el exalcalde de Santa Pola, Miguel Zaragoza y para el exedil de Personal, Jorge Perelló, por presuntos delitos continuados de prevaricación y cohecho en la concesión de instalaciones municipales para el uso de la Clínica Gran Alacant. La Fiscalía les acusa de realizar un «contrato a medida» para la concesión de locales municipales a la empresa y de hacer la vista gorda en los impagos del canon fijado a cambio de que, siempre según el fiscal, esta contratase a personas afines al equipo de gobierno del PP, como la propia hermana del exalcalde, Pilar Zaragoza, exconcejales populares o personas que figuraban en las listas del partido desde 2006 a 2015, cuando se produjo un cambio en color político del Ayuntamiento.

En el caso también están acusados la exdiputada popular, Loreto Cascales -concejala de Gran Alacant en el momento en el que se produjeron los hechos-, para quien la Fiscalía pide cinco años y tres meses de prisión; el administrador y el apoderado de la mercantil, para quienes se solicitan seis años y medio de prisión; las tres personas contratadas por la empresa, entre ellas la hermana de Zaragoza, para quienes se piden dos años y tres meses de cárcel; y para la propia empresa, para la que se pide la inhabilitación durante cuatro años para contratar con el sector público.

La Fiscalía concluye que el contrato por el que se adjudicó la cesión de instalaciones municipales a la empresa para la explicación de un centro médico privado, por un plazo de diez años, tenía como objetivo «colmar las necesidades empresariales del adjudicatario y no velar por la protección de los intereses municipales» gracias a un texto redactado «a medida». Los argumentos de esa connivencia entre empresa y Ayuntamiento comienzan desde el establecimiento del canon que debería pagar la mercantil al Ayuntamiento por el uso de las instalaciones municipales: 10.920 euros. Un importe que coincide con el que pagaría el Ayuntamiento a la mercantil a cambio de las actuaciones médicas necesarias para el seguimiento de las bajas por incapacidad temporal del personal municipal. Así, el canon sería un «pago en especie», por lo que «los acusados evitaron que por parte del adjudicatario se realizara ningún tipo de desembolso económico», según el fiscal.

El contrato fijó el precio que el Ayuntamiento debía pagar a la empresa por este servicio en 30 euros por hora de trabajo facultativo, estimando que se necesitarían una media de siete horas semanales. Sin embargo, el Ayuntamiento, en los años de vigencia del contrato, no comprobó que la clínica prestaba ese servicio, pese a que así lo requería el expediente del contrato de concesión del uso de las instalaciones. «Únicamente constan de dos escritos que hacen referencia al procedimiento de liquidación anual del canon», explica el fiscal, y «ninguno fue atendido» por los responsables de la empresa, sin que el alcalde, el edil de Personal y la de Gran Alacant «adoptaran las medidas pertinentes», según el fiscal.

Contratos afines

Otra de las irregularidades que atribuye la Fiscalía a los acusados pasa por la contratación de personal. Una de las obligaciones que se recogían en la concesión era que la empresa debía asumir la contratación de un auxiliar para el consultorio de Gran Alacant. Una cláusula, explica el escrito de acusación «impuesta por el Ayuntamiento» ya que «si el Consistorio realizara directamente la contratación de esta persona debía hacerlo previa la tramitación de un procedimiento que garantizara la igualdad y la libre concurrencia (...). Al hacerlo de esta forma, Gran Alacant S.L., como entidad privada, podía elegir libremente a la persona a contratar, pero como sucedió en la práctica, siguiendo las órdenes, sugerencia e instrucciones del Ayuntamiento».

Y aquí viene el origen de todo el presunto fraude para el Ministerio Público: «Esta cláusula fue utilizada para que la adjudicataria contratara a las personas que eran indicadas desde el Ayuntamiento, y todo ello a fin de que la Corporación no exigiera el cumplimiento del resto de obligaciones derivadas del contrato».

Por el resto de obligaciones se incluye el incumplimiento de una serie de mejoras en las instalaciones cedidas, valoradas en casi 11.000 euros, y que pese a que en un principio debía haber realizado la empresa, terminó haciéndolas el Ayuntamiento, sin que este le pasara la factura por los trabajos, cifrados finalmente en 6.597,97 euros. Anticorrupción también hace referencia a modificaciones posteriores del contrato, una para reducir el espacio cedido a la clínica, sin modificar las condiciones económicas, y otra para que la empresa realizara los reconocimientos médicos al personal municipal, tarea de la que ya se encargaba otra mercantil. El caso se juzgará en la Audiencia Provincial de Elche, aunque aún no hay fecha para el juicio.

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